TIPO: TRÁMITE

CÓDIGO DE LA CÉDULA: OIC/APD/001/2025

Denuncia

Consiste en la recepción, trámite, atención y calificación de denuncias presentadas por la ciudadanía en contra de servidores públicos de la Administración Municipal Descentralizada, que se considere hayan realizado actos u omisiones que pudieran constituir una falta administrativa durante el desempeño de su empleo, cargo o comisión.

  • Requisitos


    Costo
    TIPO DESCRIPCIÓN
    COSTO GRATUITO
    FUNDAMENTO JURÍDICO: I.-N/A
    FORMA DE PAGO EFECTIVO:
    [NO]
    TARJETA DE CRÉDITO:
    [NO]
    TARJETA DE DÉBITO:
    [NO]
    EN LÍNEA PORTAL DE PAGOS:
    [NO]
    ¿DÓNDE PODRÁ PAGARSE?: N/A
    ¿OTRAS ALTERNATIVAS?: N/A
  • Modalidad de atención

    Documento a obtener

    De acuerdo con el artículo 104 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, se puede obtener uno de estos documentos:
     a. Acuerdo de Conclusión y Archivo
     b. Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa

    Vigencia del documento a obtener

    PERMANENTE

    Plazo máximo de respuesta

    2 MESES

    Dependencia u Organismo

    Órgano Interno de Control de la Administración Pública Descentralizada

    UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE:Autoridad Investigadora

    TITULAR DE LA DEPENDENCIA:GLORIA CARRILLO DÍAZ, ENCARGADA DE DESPACHO

    DOMICILIO:CALLE Mariano Escobedo Secc 41, Mz. 132, Héroes de Tecámac, Tecámac, Estado de México, C.P. 55764 Lote 1

    HORARIOS:

    ¿CÓMO LLEGAR?:



    generate Google Maps

    Pasos a seguir que debe realizar el ciudadano.

    1.- La denuncia puede presentarse en alguna de las siguientes formas:
     a) Presencial: El denunciante deberá acudir a las oficinas que ocupa el órgano Interno de Control de la Administración Pública Municipal Descentralizada a presentar su denuncia, debiendo traer Identificación oficial vigente con foto.
     b) Escrito: el denunciante deberá presentar su denuncia en el Órgano Interno de Control de la Administración Pública Descentralizada de Tecámac, Estado de México.
     c) Internet: El denunciante deberá presentar su denuncia mediante el Sistema de Atención Mexiquense que opera la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México.
    2- La denuncia deberá contener los datos o indicios mínimos que permitan advertir la presunta responsabilidad por la comisión de faltas administrativas, debiendo manifestar las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos, aportando de ser posible pruebas que permitan acreditar su dicho.
    3.- La denuncia podrá presentarse de manera anónima, pero de ser posible el denunciante deberá agregar un dato de contacto para dar seguimiento a la investigación.

  • Información del trámite

    Fundamento Legal.

    I.- Artículos 8, 109 Fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    II.- Artículos 122, 130 México y 139 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
    III.- Artículos 110, 111, 112 Fracción X, 168 y 170 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 1, 2, 3 fracciones I, IX, XI, XII, XIII XII, XIV y XVII, 4, 9 fracción V, 10, 14, 95 fracción II, 96, 97 y 104 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
    IV.- Artículos 1. 2, 3,116, 118 fracción 1,121 y demás relativos aplicables del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
    V.- 44 del Bando Municipal de Tecámac y 2.232, 2.233, 2.234, 2.236 del Código Reglamentario Municipal de Tecámac?.

    Trámite en línea

    Casos en los que el trámite debe de realizarse.

    Cuando se considere que un servidor público incurre en una falta administrativa en la prestación del servicio encomendado, no ejerce debidamente sus funciones, derivadas del empleo, cargo o comisión.

    Especificar si este trámite o servicio está sujeto a inspección o verificación y objeto de la misma.

    N/A

    Criterios de resolución del trámite.

    Imposibilita investigar la denuncia cuando se omiten las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se suscitaron los hechos presuntamente ilegales; en caso de que no se aporten los elementos de prueba que acrediten las imputaciones; en caso de haber prescrito la facultad sancionadora de la autoridad administrativa; cuando no se cumpla con circunstancias de modo, tiempo y lugar; cuando no sea competencia del Órgano Interno de Control.

    Aplicación de la firma FICTA.

    N/A

    Información adicional y preguntas frecuentes.

    PREGUNTA RESPUESTA
    ¿Puedo presentar denuncia de manera anónima? Si, pero es preferible dejar datos de contacto para el trámite solicitado.
    ¿Existe un sistema para presentar denuncias de manera digital? Sí, a través del Sistema de Atención Mexiquense
    ¿Puedo presentar mi denuncia en cualquier día? SI, en la siguiente dirección web: https://www.secogem.gob.mx/sam/sit_atn_mex.asp
  • Otras oficinas que prestan el servicio


    Trámites relacionados.

Formato de Encuesta de Satisfacción.



En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder aquí.