TIPO: TRÁMITE

CÓDIGO DE LA CÉDULA: DIR/GEN/ECO/ADM/MED/AMB/006

Permiso para poda de árbol

Consiste en eliminar una o varias ramas hasta el tronco o basta una rama lateral cuyo crecimiento tienda alejarse del cableado conductor teniendo por objeto evitar que las ramas alcancen por su crecimiento los conductores eléctricos para prevenir descargas a tierra y evitar incendios de copa y otros riesgos.

  • Requisitos


    Costo
    TIPO DESCRIPCIÓN
    COSTO $ Gratuito
    FUNDAMENTO JURÍDICO: I.-Norma Técnica Estatal Ambiental
    II.-NTEA-018-SeMAGEM-DS-2017
    III.-NTEA-019-SeMAGEM-DS-2017
    FORMA DE PAGO EFECTIVO:
    [ N/A]
    TARJETA DE CRÉDITO:
    [ N/A]
    TARJETA DE DÉBITO:
    [ N/A]
    EN LÍNEA PORTAL DE PAGOS:
    [ N/A]
    ¿DÓNDE PODRÁ PAGARSE?: N/A
    ¿OTRAS ALTERNATIVAS?: N/A
  • Modalidad de atención

    Documento a obtener

    Permiso para poda de árbol

    Vigencia del documento a obtener

    3 meses

    Plazo máximo de respuesta

    15 días Hábiles

    Dependencia u Organismo

    Subdirección de Ecología

    UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE:Ventanilla única

    TITULAR DE LA DEPENDENCIA:IBT. Hugo Pablo Cortes Chávez

    DOMICILIO:Avenida Hidalgo #1 Colonia Centro, Tecámac, C.P.: 55740

    HORARIOS:Lunes a viernes de 09:00 horas a 18:00 horas
    Sábado de 09:00 horas a 13:00 horas.
    dir.ecologia.admin.delmedioambiente@tecamac.gob.mx

    ¿CÓMO LLEGAR?:



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    Pasos a seguir que debe realizar el ciudadano.

    1.- El usuario debe acudir a la subdirección de ecología con su solicitud por escrito debidamente respaldada con la documentación solicitada, la subdirección programará la visita para realizar la verificación de los trabajos a realizar en caso de que proceda la ejecución de la acción y dará indicaciones al usuario con base a las vertientes del procedimiento y el resultado de la verificación.

  • Información del trámite

    Fundamento Legal.

    I.- Articulo 8 de la Ley General de Equilibrio Ecológico.
    II.-Articulo 2.9 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
    III.-NTEA-018-SeMAGEM-DS-2017.
    IV.-NTEA-019-SeMAGEM-DS-2017

    Trámite en línea

    No
    Dirección Web: N/A

    Casos en los que el trámite debe de realizarse.

    Estado fitosanitario, restauración, afectación severa de la infraestructura y Mantenimiento

    Especificar si este trámite o servicio está sujeto a inspección o verificación y objeto de la misma.

    SI

    Criterios de resolución del trámite.

    Una vez analizado el trámite y si cumple con lo que se solicita se realizará el trámite solicitado, en caso contrario deberá ingresar la información que se solicita hasta cumplir con su totalidad.

    Aplicación de la firma FICTA.

    Afirmativa ficta opera cuando la solicitud del particular se realiza ante la autoridad competente, reúne los requisitos de ley y no contraviene con las normas de orden público o interés general, además de las mencionadas en el fundamento legal de esta cédula, además se solicitará personalmente o a traves de su representante legal ante la autoridad administrativa competente, además de suscribir el formato de resolución de afirmativa ficta previamente requisitado por la autoridad administrativa respectiva.

    Información adicional y preguntas frecuentes.

    PREGUNTA RESPUESTA
    ¿Qué requisitos necesitan las personas jurídico colectivas? Los mismos que las personas Físicas anexando acta constitutiva y poder notarial que acredite al apoderado legal.
    ¿Cual es la vigencia del documento? Cuenta con un plazo de tres meses para realizar la tala.
    ¿Si yo como propietario no puedo realizar el trámite que puedo hacer? Lo puede realizar otra persona que autorice mediante una carta poder firmada ante dos testigos o un poder notarial.
  • Otras oficinas que prestan el servicio


    Trámites relacionados.

Formato de Encuesta de Satisfacción.



En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder aquí.